Vigencia y obligatoriedad de respetar y cumplir los Derechos Humanos en un mundo desigual y diverso
Aun con todas las desigualdades e injusticias existentes, con todas las luchas por el poder y por poseer los bienes de la Tierra, debido a los enfrentamientos y a la terrible destrucción que causan las guerras, hemos aprendido. La humanidad, finalmente, se puso de acuerdo y hoy reconoce que todas las personas tenemos los mismos derechos, sin importar en dónde hayamos nacido y sin tener en cuenta nuestra manera de pensar, creer, hablar o relacionarnos.
El reconocimiento de los Derechos Humanos se ha consignado en tratados y pactos internacionales de obligatorio cumplimiento para todas las naciones. Este reconocimiento busca evitar un nuevo horror y desastre como el que produjeron las dos guerras mundiales que experimentó la humanidad y que pudiera llevarnos a la total autodestrucción. Con estos pactos y tratados se pretende que seamos capaces de vivir en un mundo más justo, más equitativo y en paz.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, formulada y aceptada por todas las naciones en 1948, en sus 30 artículos reconoce, determina y establece los derechos fundamentales propios de todos los seres humanos, que los países y gobiernos deben proteger en todo el mundo como valor supremo. La Declaración es un tratado internacional de obligatorio cumplimiento en todos los Estados pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas. De los 194 Estados existentes, 193 forman parte de ella. La única excepción es la de la Ciudad del Vaticano, cuyo rol es el de Observador.[1]
Los Derechos Humanos son un conjunto de atributos propios y derivados de la dignidad de todas las personas por el solo hecho de existir. Su cumplimiento y realización son esenciales para el desarrollo del género humano y constituyen parte de la esencia de nuestra naturaleza.
Aunque la desigualdad, las inequidades y las diferencias económicas, sociales, culturales y políticas, tanto entre individuos como entre naciones son un hecho irrefutable, esta realidad nos indica la enorme brecha que debemos cerrar para alcanzar el magnífico ideal que formula la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Ella nos marca el rumbo y el camino largo y tortuoso que aún debemos recorrer para hacer realidad ese ideal.
Los Derechos Humanos marcan nítidamente el deber ser ético, moral y político, acorde con la dignidad de las personas, que tiene el conglomerado de las naciones. Sus 30 artículos han servido de línea directriz y de inspiración para concebir, redactar y firmar, hasta hoy, más de 70 tratados de derechos humanos en todo el mundo. Ese ideal común, acordado y aceptado en 1948, se constituyó en el documento legal fundante que estableció la protección universal de los derechos fundamentales y sigue siendo la base de toda ley nacional o internacional de derechos humanos.[2]
Estos derechos universales son inherentes a todos nosotros, sin importar nacionalidad, género, origen étnico o nacional, color, religión, idioma o cualquier otra condición. Varían desde los fundamentales ‒como el derecho a la vida‒ hasta los que le dan valor a esta ‒como los derechos a la alimentación, a la educación, al trabajo, a la salud y a la libertad‒.
La universalidad de estos derechos es el principio y fundamento del derecho internacional de los Derechos Humanos. Todos tenemos el mismo derecho a gozar de todos ellos. Este principio, como se recalcó la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha repetido en numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales sobre este tema.
Los Derechos Humanos son inalienables, es decir, no se le pueden quitar a nadie, a excepción de situaciones concretas y siguiendo un procedimiento jurídico adecuado. Por ejemplo, el derecho a la libertad puede restringirse si una persona es declarada culpable de un delito en un juicio justo o por un tribunal de justicia.
Los Derechos Humanos son indivisibles e interdependientes, lo cual implica que unos derechos no pueden disfrutarse plenamente sin los otros. Cuando hay avances en el cumplimiento de los derechos civiles y políticos, también se avanza en el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales. De igual manera, cuando se violan los derechos económicos, sociales y culturales, muchos otros derechos se afectan negativamente.
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” establece el artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La no discriminación, que formula el artículo 2, permea todo el derecho internacional de derechos humanos. Este principio aparece en los principales tratados de derechos humanos y es el tema central de dos instancias fundamentales: la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial[3] y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres[4].
Los Estados tienen obligaciones y deberes, conforme al derecho internacional, de respetar, proteger y cumplir los Derechos Humanos. Respetarlos quiere decir que los Estados no pueden interferir en el disfrute de esos derechos, ni limitarlos. Protegerlos es una exigencia para que cada Estado ampare a las personas y a los grupos contra las violaciones de esos derechos humanos. Cumplirlos exige que los Estados promulguen y adopten leyes positivas para facilitar el disfrute de los Derechos Humanos básicos.
Como personas, si bien tenemos derecho a disfrutar plena e integralmente nuestros derechos humanos, también debemos respetar y defender los derechos de los demás.
Aunque en las sociedades existan injusticias, desigualdades, delitos y ocurran violaciones a los derechos que afectan a seres humanos concretos, esos delitos y la vulneración de los derechos, la injusticia, la desigualdad y la inequidad no pueden ser aceptados de ninguna manera como normas o como realidades que rijan inexorablemente el comportamiento social.
Eliminar las desigualdades es encaminarnos a la paz y a la fraternidad universal en este mundo, aunque nuestra realidad pareciera negarlas.
Bernardo Nieto Sotomayor
Octubre, 2021
[1] Este vínculo lleva al texto completo de la Declaración Universal de los Derechos humanos y, además, a su origen y a la historia de su discusión y redacción.
https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights
[2] En este vínculo pueden encontrarse las fechas en las que fueron adhiriendo los países a los 51 Estados fundadores de las Naciones Unidas, entre los cuales estuvo Colombia.
[3] En este vínculo se encuentra en PDF el documento completo de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial https://www.ohchr.org/Documents/ProfessionalInterest/cerd_SP.pdf
[4] En este vínculo se encuentra en PDF el documento completo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres. https://www.ohchr.org/Documents/ProfessionalInterest/cedaw_SP.pdf
1 Comentario
Gracias a Bernardo por su comentario. Lo que las Naciones Unidas han expresado en forma categórica, ya lo había descrito George Orwell en 1945: “Todos los animales son iguales, solo que hay unos que son más iguales que otros”.
Esta máxima de Orwell parece ser más real que la de las Naciones Unidas. Saludos.