El celibato: una visión histórica (2 de 2)

Por: Reynaldo Pareja
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En el artículo anterior su autor planteó que el celibato es un tema controversial en la Iglesia católica. En su repaso histórico llegó hasta los dos concilios de Letrán en el siglo XII, cuando el celibato se estableció como ordenanza eclesiástica. Desde entonces, han existido muchas manifestaciones en su contra y comportamientos contrarios al mismo por parte de clérigos y de jerarquías eclesiásticas, incluso papales.

Antes de reglamentar el ejercicio de la sexualidad entre el sacerdote-esposo con su cónyuge, la Iglesia había adquirido una sólida estructura material con templos, propiedades donadas o compradas, múltiples donaciones de piezas de arte, ornamentos con piedras preciosas y una economía relativamente estable con los diezmos aportados por los fieles.

Los sacerdotes y dirigentes eclesiásticos casados y con hijos presentaron a la Iglesia romana un verdadero dilema económico. En primer lugar, el sacerdote supuestamente trabajaba para el crecimiento y sostenimiento de la Iglesia, lo que debía ser un trabajo eclesiástico a tiempo completo por el cual la Iglesia le retribuía un módico sustento de supervivencia, ajustado al ideal de vida pobre por el Reino. Este aporte era más o menos manejable por la Iglesia institucional, pero si los sacerdotes tenían esposa e hijos, la suma que la Iglesia debía entregar como estipendio podía fácilmente triplicar la cantidad del dinero que normalmente se le daba al sacerdote no casado[i]

Además, existía la costumbre de que los hijos varones de una familia heredaban las posesiones del padre cuando este fallecía. De ahí que los sacerdotes casados que tenían hijos varones debían, de alguna manera, dejarles una herencia mínima, que en último término saldría del patrimonio de la Iglesia, pues existía un compromiso de sostenimiento del sacerdote que le servía. Previendo que esto podía pasar, en el año 580, el papa Pelagio II decidió no tratar con sacerdotes casados, al menos que hicieran promesa formal de que no traspasarían la propiedad de la iglesia a sus esposas o hijos. La posición papal llegó a extremos cuando, en 1095, Urbano II hizo vender a las esposas de los sacerdotes como esclavas y sus hijos fueron abandonados[ii]

La situación de celibato obligado no se resolvía formalmente. Por el contrario, creció. Cuando esto se hizo evidente, el segundo Concilio de Letrán (1139) impuso el celibato obligatorio a quienes quisieran recibir las órdenes mayores de la Iglesia. Así se impedía que los sacerdotes heredaran a sus hijos y nietos los bienes que la Iglesia corporativa recibía como donaciones de sus fieles. En este sentido, el celibato fue una decisión legal y administrativa para impedir la privatización de los bienes y recursos de la institución eclesial. La prohibición absoluta a diáconos, sacerdotes y obispos de casarse les impedía tener descendencia legítima, para evitar que pudieran heredar los bienes de la Iglesia que ellos, directa o indirectamente, tenían a su cuidado temporal[iii].  

Los padres conciliares del segundo Concilio de Letrán también tenían clara conciencia de que los dirigentes eclesiásticos tendían a convertirse con el tiempo en una casta hereditaria. La tendencia a la privatización oligárquica en una institución como la Iglesia católica representaba un grave peligro para su supervivencia. Con la imposición del celibato obligatorio en el siglo XII, se intentó frenar este peligro, que se había manifestado con brutal claridad en la época de Marozia –quien fue una de las mujeres más influyentes de su época desde que, en 907, se convirtió en la amante del pontífice Sergio III‒, pues pasó a dominar la política papal durante 25 años, convirtiéndose en madre, abuela y bisabuela de papas[iv].  

Para subsanar los problemas que habían generado los eclesiásticos casados, en 1123 el primer Concilio de Letrán decretó que los matrimonios clericales eran inválidos. Este decreto fue ratificado por el papa Calixto II[v]. Dieciséis años más tarde, durante el pontificado de Inocencio II, el segundo Concilio de Letrán (1139) ratificó el decreto del concilio anterior.

No obstante, la historia muestra que varios Papas fueron casados, tuvieran hijos[vi] e incluso llegaron a los altares: san Félix III (483-492) tuvo dos; san Hormidas (514-523), uno; san Silverio (536-537), una hija; Adriano II (867-872), una hija; Clemente IV (1265-1268), dos hijas. Y después del decreto lateranense, Félix IV (1439-1449) engendró un hijo.                                                                                                                                                                                                                                 

Antes de los concilios de Letrán, varios papas fueron hijos de papas o de otros miembros de clero[vii]:

Nombre del PapaAños de papadoHijo de
San Damasco I366-348San Lorenzo, sacerdote
San Inocencio I401-417Anastasio I
Bonifacio418-422Sacerdote
San Félix483-492Sacerdote
Anastasio II496-498Sacerdote
San Agapito I535-536Papa Gordiano
San Silverio536-537San Hormidas, papa
Marino882-884Sacerdote
Bonifacio VI896-896Adrián, obispo
Juan XI931-935Papa Sergio III
Juan XV989-996Sacerdote
Papas que tuvieron hijos ilegítimos después de 1139
Nombre del PapaPapadoNúmero de hijos
Inocencio VIII1484-1492Varios
Alejandro VI1492-1503Varios
Julio1503-1513Tres hijas
Pablo III1534-1549Tres hijos y una hija
Pío IV1559-1565Tres hijos
Gregorio XIII1572-1585Un hijo

Este recuento histórico pone de manifiesto que la institución del celibato sacerdotal ha tenido una larga historia. Como ordenanza de la Iglesia, desde que se instituyó en el siglo XII, han existido muchas manifestaciones en su contra y comportamientos contrarios a la misma por parte, tanto de clérigos como de las jerarquías eclesiásticas. 

Esta recurrente infracción a la castidad, a lo largo de la historia de la Iglesia católica por aquellos voluntaria y probablemente convencidos de su valor espiritual, permite preguntarse si sería menos dañino para la fe de los creyentes que sus sacerdotes vivieran una vida matrimonial normal, dentro de la cual pudieran expresar su sexualidad, que una castidad engañosamente vivida cuando mantienen una actividad sexual a escondidas.

En otro orden de cosas, la católica no es la única iglesia cristiana que exige el celibato a sus sacerdotes. Las iglesias católicas ortodoxa y ortodoxa oriental demandan de sus miembros un voto de castidad. Sin embargo, este celibato no es tan estricto como el de la Iglesia católica. En ellas dos los obispos deben ser solteros o viudos y no se permite a un hombre casado convertirse en obispo. En la mayoría de las iglesias ortodoxas y en algunas iglesias católicas orientales, los hombres que ya están casados pueden ser ordenados sacerdotes, pero los sacerdotes no pueden casarse después de ordenados.

El celibato que deben aceptar y vivir quienes quieren ser sacerdotes diocesanos o pertenecientes a una congregación religiosa tiene, por un lado, un aspecto espiritual y, por otro, uno económico, que claramente fueron estructurándose en la Iglesia católica con sus pros y contras. Es claro que si un sacerdote se dedica de tiempo completo a evangelizar y servir a la comunidad de creyentes en todos los aspectos en que su apoyo espiritual los beneficia, no estar casado ni tener obligaciones con su esposa e hijos, permite la libertad exterior e interior que le brinda el celibato plenamente aceptado. Esto no impide que en Estados Unidos haya hoy alrededor de 120 sacerdotes casados[i].

El hecho de que el porcentaje de aceptación del cura casado, según las últimas estadísticas publicadas, ascienda a 80 % en Estados Unidos, 75 % en Europa y 73 % en España es un buen indicador del tipo de receptividad que hay en la población creyente, especialmente cuando se sabe que hay alrededor de 90.000 sacerdotes casados en el mundo, según información que obtuve[ii].

La otra cara del no-celibato ‒de los sacerdotes que desean servir de igual manera que el célibe‒ muestra que deben balancear el manejo de su sexualidad con su esposa y el manejo económico de la familia, especialmente cuando hay hijos. Otras denominaciones cristianas, como la greco-católica en Ucrania, anglicana o episcopal, no exigen que sus sacerdotes sean célibes, lo que demuestra a lo largo de varios siglos que es posible tener sacerdotes casados que no generan conflicto a la iglesia institucional ni a sus relaciones con los creyentes. Muchas otras denominaciones protestantes tampoco exigen el celibato a sus pastores o ministros. 

La opción del celibato como estado de vida para dedicarse de lleno al trabajo espiritual es loable y bienvenida. Pero igualmente debería estar abierta la puerta institucional para que hombres casados puedan ser ordenados sacerdotes, teniendo en cuenta que ellos pueden entregarse al ministerio con una dedicación y entusiasmo comparables a la entrega que hace el sacerdote célibe que ha optado por esa modalidad de vida. Y queda la inquietud de que sacerdotes que han sido célibes puedan contraer matrimonio y continuar su ejercicio sacerdotal y pastoral


[i] Rodríguez, Pepe (1995). La vida sexual del clero. Barcelona: Ediciones B. http://www.pepe-rodriguez.com/Sexo_clero/Sexo_clero_index.htm

[ii] Historia del celibato. https://www.futurechurch.org/historia-del-celibato

[iii] Blum, Roberto (2017), Viri Probati. El Periódico de Guatemala, marzo 11. https://elperiodico.com.gt/opinion/opiniones-de-hoy/2017/03/11/viri-probati  

[iv] Wikipedia. Marozia. https://en.wikipedia.org/wiki/Marozia

[v] Wikipedia. 1 Concilio de Letrán. https://es.wikipedia.org/wiki/I_Concilio_de_Letr%C3%A1n

[vi] Papas que fueron casados  https://iglesiaantiguaencucuta.jimdofree.com/papas-obispos-casados-en-la-historia-de-la-iglesia-cat%C3%B3lica/

[vii] Ibid.

[viii] Tchemedyian, Alene (2017), Married Catholic priests? There are perhaps 120 in the U.S. already. Here’s how. Los Angeles Times, March 12.https://www.latimes.com/nation/la-na-pope-married-priests-2017-story.html
[ix] Bedoya, Juan G. (2015). La lucha de los 90.000 curas casados de la Iglesia católica. El País (España), noviembre 1. https://elpais.com/politica/2015/11/01/actualidad/1446374179_827110.html

Reynaldo Pareja

Abril, 2021

4 Comentarios

Hernando Bernal A. 17 abril, 2021 - 11:51 am

Reynaldo: importante y muy bien documentado el asunto. ¿Existen modelos de estructura religiosa en los cuales se respete el derecho que tienen las familias de los clérigos casados en lo relacionado con herencias y posesión temporal de bienes?. Creo que algunas denominaciones protestantes pueden tener experiencias reconocidas y debidamente aceptadas. Un gran saludo y agradecimientos.

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John Arbeláez 18 abril, 2021 - 9:21 am

Reynaldo, excelente y bien documentada tu investigación sobre el tema del celibato, que se ha convertido en un problema en la iglesia católica, con el cambio de mentalidad de la sociedad respecto al sexo, que poco a poco va dejando de ser un tabú.
El Homo Aeconomicus impuso su criterio en ese tiempo y esperamos que el Homo “Sensatus” permita un cambio en la legislación de la Iglesia, acorde con la cultura actual.

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Silvia Gurrola Bonilla 19 abril, 2021 - 9:09 am

Excelente artículo, mi querido Reynaldo. Ya es tiempo de que la Iglesia se cuestione cómo es posible que Dios haya creado a la humanidad sexuada, como para que el sexo siga siendo un tabú para Iglesia católica como institución. El sentido del sexo –que es un vínculo de amor, placer y vida– se deforma cuando se ve como un tabú y, consecuentemente, deriva en degeneraciones (humillación sexual, violación sexual, pedofilia, etc.).

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Juan Gregorio Velez 20 abril, 2021 - 7:09 pm

Gracias Reynaldo. Excelente visión documentada. Incluir la estadística en ella nos permitiría conocer: ¿Qué porcentaje lo vive plenamente? ¿Cuántos lo soportan con amargura y lo reflejan en una pastoral poco evangélica? y ¿Cuántos no lo viven, lo simulan, con todo el costo que esto conlleva para la Iglesia en indemnizaciones y en imagen? Estoy seguro que volver a los textos bíblicos en las cartas de San Pablo nos darán la luz de lo que se debe hacer: Personas mayores, ejemplares, casados con una única mujer, que han sabido gobernar su casa y educar a sus hijos… Hoy en día jubilados con propiedades, que les permite no tener que vivir solamente de los honorarios y bienes eclesiales.

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